jueves, 29 de marzo de 2007

¿CÓMO SABER SI SE PAGAN LOS DERECHOS DE AUTOR?

29/3/2007 OPERACIÓN POR DELITOS CONTRA LA PROPIEDAD INTELECTUAL|'MAKING OFF'

BUSCAR, ELEGIR, BAJAR Y VER

EL PERIÓDICODISCRECIÓN
La descarga de películas piratas a través de internet, por simple comparación de escalas, va camino de convertir el hasta ahora temido top manta en una antigualla, en una estafa de tres al cuarto. El top manta es un delito a plena luz del día, en la calle, mientras que la descarga a través de internet se realiza con la discreción que garantiza el propio hogar. Buscar, elegir, descargar y ver. Ese es el proceso. El ordenador puede descargar simultáneamente decenas de filmes mientras el dueño duerme, se ducha o va a la oficina.

SECRETO A VOCES
No por discreto el delito era un secreto. ¿Quién no conoce a alguien que haya visto cine de estreno en casa, pirata, por supuesto? Pero, más allá de esa prueba del nueve, la dura guerra comercial entre empresas de telefonía en España por ofrecer la mayor capacidad de descarga a través de la línea ADSL solo se entiende por la demanda de los usuarios. Nadie necesita 3 o 20 megas solo para navegar por internet. Bajar más y más rápido las películas. Esa es la oferta encubierta.

EL MISTERIO
Dos de los detenidos ayer fueron pillados por la policía cámara en mano saliendo del cine. Grababan las películas en la sala, entre el resto de los espectadores. "¡Qué cutre!", dirá alguno. El gran misterio de las webs clausuradas, sin embargo, no es solo la variada oferta, sino también la calidad de las películas y, a menudo, la capacidad de disponer de títulos mucho antes del estreno en España. ¿Un ejemplo? La última obra de Zhang Yimou, La maldición de la flor dorada, cuyo estreno está previsto para el 27 de abril, lleva semanas en internet.


Este tipo de noticias siempre me ha hecho gracia. Ahora resulta que el top manta no es tan dañino como nos querían hacer creer y que lo que realmente perjudica a las discográficas y productoras es la descarga de internet, cuando ésta, en el 99% de los casos, si se realiza es para consumo particular y no tiene difusión, al contrario que el top manta. Pero es que el objetivo final de esta nueva campaña orquestada por los de siempre (SGAE y discográficas), es obligar a los proveedores de internet a pagar un nuevo "canon" (que por supuesto repercutirá en el usuario) por el acceso a internet. Por supuesto sin necesidad de demostrar que se realicen descargas gracias a esa conexión. Así que ya tendríamos que por el mismo concepto (y violando de forma increible la presunción de inocencia) se cobraría 4 o 5 veces, a saber, un canon al comprar el ordenador, otro al comprar la cámara digital, un tercero en la tarjeta de memoria, otro más al comprar el CD donde las vas a grabar para pasarselas a tus amigos y aun otro más por disponer de acceso a internet para poder cargarlas en tu espacio personal.

En fin, lo que podríamos denominar como "el mejor negocio del mundo", ya que por no hacer nada, sin arriesgar ningún capital, cobras cinco veces.

Pero es que a mi, cuando alguien habla del top manta, siempre me surge la misma duda. ¿Cómo puedo estar seguro de que los CDs o los DVDs que adquiero en un centro comercial no vulneran los derechos de autor?, es decir, como usuario no tengo forma de saber que ese CD de Ramoncín que compro en la gasolinera de la comarcal que lleva a mi pueblo (casí el único sitio donde aun lo venden) ha sido grabado respetando los derechos de autor. Planteando la cuestión de forma inversa, tampoco tengo forma de saber que los CDs que me vende el chico que se pone en la boca del Metro no cumple con los derechos de autor y destina parte de lo que me cobra ha pagarlos (puedo sospechar que no lo hace y seguro que estoy en lo cierto, pero existe la duda razonable de que podría hacerlo).

Pero la situación es una más llamativa si entramos en el mundo de internet. Por el simple motivo de que se me cobre por realizar una descarga ¿debo suponer que esa descarga respeta los derechos de autor?, y más cuando existen cientos de programas, protegidos por derechos de autor, que se distribuyen y se descargan de forma gratuita por deseo del propietario de estos derechos (solo hay que ver el mundo Linux).

Y dentro de esta situación, cada día son más abundantes las páginas de internet donde para descargarte el contenido tienes que mandar un SMS para obtener un código que te permita realizar la descarga. Aqui ya estas pagando por obtener ciertos archivos y programas, pero sabes a ciencia cierta que de ese importe nada es destinado a compensar al propietario de los derechos de autor.

Por tanto, ¿de que manera, como usuario, se puede discriminar entre este tipo de empresas y otras, como www.filmotech.com, que también cobran por suministrar ciertos contenidos?.
Y en esta misma situación, ¿solo las que cobran compensan a los propietarios de los derechos de distribución y reproducción?, ¿no podría existir algún ser extraordinariamente altruista que pusiera a disposición de todo el mundo contenidos de forma gratuita, corriendo él con la compensación?

Si alguien me puede explicar de una forma inequívoca como discriminar entre unos y otros, que haga el favor de decirmelo. Mientras tanto, yo seguiré considerando que no tengo forma de diferenciar entre comprar en la tienda o en la manta de la esquina y entre descargar de una página que me cobra y otra que no lo hace.

1 comentario:

Unknown dijo...

Así de clarito lo explicas...

Diriamos en México por si las dudas te cobramos por adelantado que tal que usas tu ancho de banda para peliculas y no para bajar Linux

Y que ha pasado con el Canon? aprobado o no?